La Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público de Pasajeros del Ecuador (Fenacotip) anuncia que suspenderá el servicio de transporte intra e interprovincial en todo el país. La medida se aplicará desde las 00:00 hasta las 23:59 del martes 27 de febrero del 2018.
Así lo dio a conocer la Fenacotip mediante un comunicado firmado por Giomar Gruezo, presidente encargado del gremio. La medida se toma luego de una reunión que mantuvo el gremio, el pasado 22 de febrero y luego de que “el Gobierno Nacional no ha dado solución y respuesta a la grave situación por la que atraviesa el sector del transporte”.
Según la Fenacotip, la paralización se resolvió en espera de la definición de parte de las autoridades sobre el pago del subsidio del 50% del valor de la tarifa que reciben los grupos vulnerables; por la deuda de USD 79 millones que tiene el Estado hasta mayo del 2015; por la falta de control de servicios de transporte ilegales; entre otros puntos.
El comunicado añade que durante la suspensión de actividades, las unidades de transporte se ubicarán al costado derecho de las vías. El gremio informó además que tomará otras medidas si durante la paralización del martes no se logran definiciones y respuestas de parte del Gobierno.
Son 6 los puntos por los que Fenacotip ha resuelto la suspensión de actividades:
1.- La definición del subsidio del 50% del valor de la tarifa, que reciben los grupos vulnerables; que siendo política social del estado, durante todo el tiempo viene asumiendo la transportación.
2.- El pago de USD 79 millones por la no aplicación de la nueva tarifa fijada en el 2012, el Estado adeuda a la transportación hasta mayo 2015.
3.- La falta de un control efectivo de la ilegalidad e informalidad, genera entre un 30% a 40% de perjuicio en los ingresos económicos de la transportación intra e interprovincial.
4.- Exigir el retiro de los Proyectos de Reforma de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito; y Seguridad Vial, con el que se pretende crear nuevas modalidades de transporte.
5.- Solicitar la Reforma del Código de Ordenamiento Territorial (Cotad), respecto de las competencias de los GADS en materia de tránsito y transporte.
6.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas por medio de la Agencia Nacional de Tránsito debe intervenir ante los Municipios de Quito y Guayaquil para que se cumpla lo que establece el Reglamento de la LOTTTSV en el sentido de que existe una sola revisión vehicular anual; y no dos revisiones como lo han determinado mediantes Ordenanza Municipal.
Redacción CiudadColorada.com | Agencias