La Defensoría del Pueblo solicitó información a la Superintendencia de Bancos y a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera sobre el control efectuado respecto a los cobros indebidos denunciados por ciudadanos.


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La Defensoría del Pueblo solicitó información a la Superintendencia de Bancos y a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera sobre el control efectuado respecto a los cobros indebidos denunciados por ciudadanos.

En concreto, la Superintendencia de Bancos requirió información sobre los mecanismos de control que ha implementado para que se cumpla con el artículo 248 del Código Orgánico Monetario y Financiero, que señala que las entidades del sistema financiero no podrán efectuar cargos por prestación de servicios diferentes a los financieros, a nombre de terceros, si no se cuenta con la aceptación expresa del usuario.

También le solicitó información sobre el porcentaje de reclamos favorables y el mecanismo para efectivizar la reparación efectiva de los derechos vulnerados. Además, información sobre los mecanismos de reclamación que se brinda a los usuarios frente a las entidades del sistema financiero, teniendo en cuenta que:

En Ecuador, el 58,3% de la población utiliza internet (INEC/TIC,2017), lo que implica que «apenas ese porcentaje tiene acceso a las vías de reclamación virtuales que ofrecen los bancos y la propia Superintendencia».

De allí que la Defensoría considera necesario conocer cuáles son los mecanismos de difusión diferentes a los virtuales, por los cuales las personas se informan sobre cómo y dónde reclamar.

Respecto a los 26 defensores al cliente, lista que consta en la página web de la Superintendencia, la Defensoría del Pueblo señala que esto evidenciaría que no se encuentran en todas las sucursales y agencias a nivel nacional.

En este sentido, solicitó que se informe «las medidas de control que ha tomado la Superintendencia para garantizar que los sistemas de reclamación sean accesibles, equitativos, transparentes, compatibles con los derechos e inclusivo para toda la población, con énfasis en los grupos de atención prioritaria».

En tanto que a la Junta de la Política y Regulación Monetaria y Financiera, la Defensoría solicitó información sobre los resultados de las actividades de control que ha ejercido la Superintendencia de Bancos y reportado a la Junta sobre el cumplimiento del artículo 248 del Código Orgánico Monetario y Financiero.

Además, información sobre las medidas tomadas para proteger la privacidad de las personas usuarias sobre la difusión de su información personal.

También información sobre los mecanismos de reclamación brindados a los usuarios frente a las entidades del sistema financiero público y privado, y que se informe sobre las medidas regulatorias tomadas para el efecto.

La Defensoría del Pueblo indicó que dará seguimiento a las acciones de los organismo mencionados y, de verificarse incumplimientos de sus obligaciones y competencias por acciones u omisiones, se presentarán las acciones tutelares del caso. (I)

 


Con información de El Telégrafo







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